Renunciar a una herencia es una práctica cada día más común entre los herederos. La obligación de hacer frente al Impuesto de Sucesiones o a las deudas que tuviera el fallecido hacen que muchos beneficiarios de herencias se planteen su no aceptación para evitar arruinarse. Y es que aceptar una herencia supone no solo heredar los bienes de un ser querido, sino también todas sus deudas y obligaciones. Es decir, una vez aceptada la herencia las deudas serán efectivas para el heredero como si fueran suyas y tendrá que asumirlas con su propio patrimonio personal.
Sin embargo, lo que muchos beneficiarios no conocen es que no solo tienen la posibilidad de aceptar o renunciar a una herencia, sino que es posible optar por una tercera opción: la herencia a beneficio de inventario. A través de esta modalidad, el heredero no tendrá que hacer frente a las deudas con su patrimonio, sino que estas se pagan con los bienes de la herencia, pudiendo beneficiarse de los bienes restantes que queden tras el pago a los acreedores.
- ¿Cómo funciona el beneficio de inventario?
- ¿Cómo solicitar el inventario de la herencia?
- ¿Cómo evitar el pago de la plusvalía en una herencia de manera legal?
- ¿Cómo ahorrar impuestos en la declaración de la Renta?
A todas estas cuestiones y a muchas más responde cada semana José Antonio Almoguera, experto en asuntos fiscales y financieros, asesor patrimonial y director general de Megaconsulting.
Preguntas remitidas por los oyentes a info@tiempodeinversion.com
Si te suscribes a la Newsletter podrás acceder gratuitamente a las guías:
Cómo ahorrar impuestos en la Declaración de la Renta y Consejos básicos para la financiación empresarial.
Si te perdiste la emisión del último CONSULTORIO de TIEMPO DE INVERSIÓN, aquí puedes escuchar la intervención completa de José Antonio Almoguera, experto en asuntos fiscales y financieros, asesor patrimonial y director general de Megaconsulting.
0 comentarios